Son hechos probados que el recurrente obtuvo la autorización inicial de residencia por arraigo valiéndose de un certificado de empadronamiento falso. A juicio de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León el extranjero era conocedor de que el certificado de empadronamiento era, habiendo hecho uso del mismo para obtener de manera ilegal el permiso de residencia Concluye, que si el descubrimiento de la falsedad de los datos de empadronamiento constituye causa legal para declarar extinguida la autorización, con mayor motivo debe impedir su renovación.