Consulta legal: Hola Soy peruano casado recientemente en Lima con peruana con ciudadanía española y queremos registrar nuestro matrimonio en el registro civil español para obtener el libro de familia y yo poder obtener la visa de turista a España para reunirme con ella, que ha vuelto a Barcelona, donde tiene un empleo formal. Luego seguir con los tramites de reagrupamiento familiar. Mi consulta es esta: puede ella o yo realizar el tramite de registro de nuestro matrimonio, ahora que estamos separados. Puedo hacerlo yo en el registro consular civil de Lima o ella en el registro civil en Barcelona. Por favor, nos podrían orientar adecuadamente? muchas gracias
Nickname: Antonioq_23
Respuesta: Buenos dias Antonio La solicitud de inscripción del matrimonio realizado en Perú, puede presentarlo indistintamente cualquiera de los dos cónyuges, pero tendrá que iniciarse ante el Consulado de España en Lima. El trámite de reconocimiento ante el Registro Civil español suele ser bastante largo, entre un año a dos años. En consecuencia, para la solicitar la correspondiente reagrupación familiar en Régimen comunitario deberá inscribirse previamente el matrimonio. De otro lado si usted quiere viajar como turista, no tiene que esperar a tener dicha inscripción, puede solicitarlo en cualquier momento y le será otorgada siempre que cumpla con los requisitos legales establecidos.
Recuerde que contamos con despacho en Lima que podrán resolver todas sus dudas y gestionar los trámites respectivos.
Un saludo
Demetrio Romeo
807 464 712
abogadosdeextranjeria.com
Hola buenas tardes: al haber encontrado esta página, y ver su ofrecimiento de consulta, me atrevo a escribirles para hacerles una sobre una cuestión muy concreta. Mi mujer, ecuatoriana, presentó el pasado miércoles en el Consulado de España en Guayaquil una solicitud de visado para estudios en España, pero por un error de interpretación omitió cumplimentar dos casillas del impreso que al parecer son esenciales. Llamo al Consulado pero nadie toma el teléfono. Les agradecería me dijereran si sería factible hacer una subsanación de la solicitud en cuanto a los datos omitidos en este momento. Estos datos se refieren a su NIE y a la fecha de la resolución de la Subdelegación del Gobierno en Aragón por la que en su día se le concedió la tarjeta de residencia temporal. Lo que ha sucedido es que como por haber estado ausente de España más de 180 dias, dicha tarjeta ha caducado, y por esta razón ella entendió equivocadamente que no tenía que rellenar las casillas correspondientes y las dejó en blanco. Muchísimas gracias por su atención.
como puedo traer mi madre a españa durante un mes para que pase unas vacaciones conmigo
ella es de marruecos y yo tambien y llevo en españa 9 años en españa